Sesgo cultural de la cuota de género República Dominicana cuenta con un marco legal que garantiza la participación equilibrada de hombres y mujeres en los puestos de elección popular: alcaldías, regidurías, diputaciones y senadurías. Sin embargo, en su aplicación, dicha norma se encuentra viciada por un sesgo cultural, que se manifiesta claramente en los actos de reconocimiento del derecho a la participación política de la mujer. Por un lado, se tiene la arraigada -pero equivocada- idea de que las mujeres no participan de los procesos político-partidarios y no tienen interés en competir en debates electorales. Y sobre el rango de paridad creado por la ley departidos y la ley electoral, se tiene la idea de que, en las listas de candidaturas para cargos de elección popular, el 40% es una cuota para la mujer y el 60% es una cuota para los hombres. El sesgo cultural relativo en torno a la cuota de género, lo hemos advertido en la judicatura dominicana, donde se han tomado
Un sacrificio por la democracia. En algo estamos todos de acuerdo: Suspender y/o posponer las elecciones congresuales y presidenciales es la solución más razonable en este momento, en que una amenaza latente y concreta a la salud y a la vida de los ciudadanos impone el aislamiento social. No obstante, la cuestión de que el Derecho no provee una solución precisa a la circunstancia actual, mantiene a juristas y académicos en constante debate sobre las soluciones más viables al conflicto. Todos coincidimos en que la respuesta al problema es primeramente política. Si bien el Derecho no nos provee de una solución precisa, debemos considerar lo siguiente: no hay derecho sin política. El Derecho es la consecuencia de voluntades que se normativizan luego de un consenso político, en donde, como bien ha considerado mi amigo y jurista experto en Derecho Público, Amaury Reyes, las voluntades de una mayoría se han impuesto para crearlo. En el caso nuestro, la Constitución dominican